El Real Decreto 930/1992 aprueba la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios destinados al consumidor final, así como a restaurantes, hospitales y otras colectividades similares.
Esta normativa establece la obligatoriedad del etiquetado nutricional cuando en la etiqueta, la presentación o la publicidad, excluidas las campañas publicitarias relativas a productos genéricos, figure la mención de que el producto posee propiedades nutritivas.
Les ofrecemos nuestro servicio para:
Determinar los valores nutricionales que deben aparecer en la etiqueta;
Establecer de qué forma debe presentarse la información nutricional en la etiqueta de los alimentos
Asegurar un muestreo robusto y que la información nutricional de su producto sea fiable al tener en cuenta los factores de variabilidad de las muestras
Que la información nutricional de sus etiquetas sea obtenida de forma consistente, y así evitar expedientes sancionadores de alto importe
Estudiar y minimizar el impacto de los componentes nutricionales que se degradan
Vigilar la evolución de los valores nutricionales a lo largo del tiempo
Actualizar la información nutricional cuando se ha cambiado; el proceso, proveedor, las condiciones de producción, la normativa...
Elegir los componentes de la información nutricional en función de las características del producto.
Verificación y validación de las declaraciones “claims” del etiquetado.
Vigilancia periódica del producto en el mercado (revisión de la bondad de la información nutricional a partir de controles de sus productos, sobre muestras aleatorias tomadas del mercado).
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